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Canal Ético de EXLABESA

EXLABESA está comprometida con el fortalecimiento de la cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público, en cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

En cumplimiento de este compromiso, se ha habilitado el presente Canal Ético, que constituye el sistema interno de información por medio del cual las personas que se relacionan con EXLABESA en un contexto laboral o profesional pueden comunicar cualquier conducta irregular de la que tengan conocimiento que suponga:

  • Infracción del Código Ético de EXLABESA o su protocolo de prevención del acoso.
  • Hechos o conductas con posible trascendencia penal;
  • Infracciones administrativas graves o muy graves;
  • Acciones u omisiones susceptibles de constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea al amparo de la Ley 2/2023.

Queda excluida la utilización del Canal Ético para otras finalidades, como por ejemplo materias relacionadas exclusivamente con asuntos laborales que no generen incumplimientos legales (como conflictos interpersonales no constitutivos de acoso) o reclamaciones referentes a la gestión ordinaria de los productos suministrados por las empresas que actúan bajo la marca EXLABESA, que deberán gestionarse por los canales establecidos para ello.

EXLABESA garantiza la máxima confidencialidad y el anonimato en los procesos de investigación de las informaciones recibidas y el tratamiento de las mismas con objetividad, imparcialidad y transparencia. Asimismo, EXLABESA prohíbe expresamente los actos constitutivos de represalia, incluidas las amenazas de represalia y las tentativas de represalia contra las personas que presenten una comunicación, conforme a lo previsto en la Ley 2/2023.

Por favor tenga presente que la utilización del Canal Ético requiere la actuación de buena fe por parte de los usuarios. La información que usted facilite a través del Canal Ético debe ser veraz y exclusivamente relativa a una acción u omisión de los ámbitos señalados. Por lo que, a la hora de rellenar los formularios debe tener en cuenta las siguientes reglas:

  • Las comunicaciones deben ser planteadas de buena fe, con información veraz.
  • No comparta datos personales de terceras personas ajenas a los hechos denunciados.
  • No comparta datos personales incluidos dentro de las categorías especiales de datos (salud, ideología, afiliación sindical, religión, orientación sexual, creencias u origen racial o étnico, etc., art. 9 LOPDGDD), salvo que sea imprescindible para fundamentar la denuncia.

El informante que, con mala fe, presente una comunicación manifiestamente infundada o malintencionada con ánimo de causar un perjuicio injustificado, podrá ser objeto de la adopción de las medidas oportunas o, en su caso, de la comunicación a las autoridades competentes para la incoación de aquellos procedimientos que puedan tener objeto.

Las comunicaciones que se realicen por escrito a través del Canal podrán ser anónimas, si así lo decide el informante, quien podrá realizar un seguimiento de la comunicación que haya presentado, a través del número de seguimiento que se le facilitará. No obstante, le animamos a que se identifique cuando realice una comunicación, ya que esto nos ayudará en el desarrollo de una correcta investigación. Su identidad y la información que suministre serán tratadas con absoluta confidencialidad.  Adicionalmente, le pedimos que por favor nos proporcione todos los detalles necesarios para permitirnos investigar el asunto.

Le informamos de que las comunicaciones también se pueden realizar de manera externa a través de los canales externos de información ante las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea. Estos canales pueden ser:

  • Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.).
  • Ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes.
  • Ministerio Fiscal. 
  • Fiscalía Europea, en el caso de que los hechos afecten a los intereses financieros de la Unión Europea.
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • Otros organismos competentes.

Por favor, tenga en cuenta que este no es un servicio de emergencia. Ante cualquier peligro inminente, diríjase a las autoridades competentes.

Para más información sobre los principios generales del procedimiento de gestión de las informaciones y el uso del canal puede acceder a los documentos “Política del Canal” y “Procedimiento de gestión del Canal”.

También puede consultar a continuación el Código Ético de EXLABESA.

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